{"id":50354,"date":"2020-03-23T12:07:43","date_gmt":"2020-03-23T11:07:43","guid":{"rendered":"https:\/\/www.bombersdv.es\/?page_id=50354"},"modified":"2020-03-23T12:53:04","modified_gmt":"2020-03-23T11:53:04","slug":"medidas-excepcionales-de-organizacion-y-prestacion-de-los-servicios-del-consorcio","status":"publish","type":"page","link":"https:\/\/www.bombersdv.es\/es\/medidas-excepcionales-de-organizacion-y-prestacion-de-los-servicios-del-consorcio\/","title":{"rendered":"Medidas excepcionales de organizaci\u00f3n y prestaci\u00f3n de los servicios del Consorcio"},"content":{"rendered":"<p style=\"text-align: justify;\">En el marco de excepcionalidad desencadenado por la evoluci\u00f3n del coronavirus conforme a las medidas adoptadas por las autoridades sanitarias, y siendo obligaci\u00f3n de la Administraci\u00f3n <span style=\"color: #ff0000;\"><strong>garantizar la prestaci\u00f3n de los servicios p\u00fablicos as\u00ed como la protecci\u00f3n de la salud del personal empleado p\u00fablico y su derecho a la conciliaci\u00f3n familiar<\/strong><\/span>, resulta necesaria la adopci\u00f3n con <strong>car\u00e1cter extraordinario de las medidas<\/strong> que se relacionan a continuaci\u00f3n, sin perjuicio de las decisiones que se adopten a nivel estatal y que puedan determinar la necesidad de nuevas medidas en aras a la adecuada prestaci\u00f3n del servicio p\u00fablico. Por tal motivo desde la <span style=\"color: #0000ff;\"><strong><a style=\"color: #0000ff;\" href=\"https:\/\/www.bombersdv.es\/wp-content\/uploads\/2020\/03\/2020_SEC_S051_00005-Decreto_copia_autentica-2.pdf\" target=\"_blank\" rel=\"noopener\">Presidencia Delegada del Consorcio se ha dictado la Resoluci\u00f3n 266\/2020<\/a><\/strong><\/span> que afecta, entre otros, a los siguientes temas:<\/p>\n<p style=\"padding-left: 60px;\"><em>1\u00ba.-Limitaci\u00f3n de la prestaci\u00f3n del servicio p\u00fablico del Consorcio al estrictamente necesario para garantizar los servicios b\u00e1sicos.<\/em><\/p>\n<p style=\"padding-left: 60px;\"><em>2\u00ba.- Limitaci\u00f3n de la movilidad de los empleados del Consorcio<\/em><\/p>\n<p style=\"padding-left: 60px;\"><em>3\u00ba.- Declaraci\u00f3n del CCC como &#8220;zona sensible&#8221;<\/em><\/p>\n<p style=\"padding-left: 60px;\"><em>4\u00ba y 5\u00ba.- Modalidades no presenciales de trabajo para el personal administrativo y sus excepciones<\/em><\/p>\n<p style=\"padding-left: 60px;\"><em>6\u00ba.- Personal operativo con patolog\u00edas incompatibles con el coronavirus<\/em><\/p>\n<p style=\"padding-left: 60px;\"><em>7\u00ba y 8\u00ba .- Suspensi\u00f3n de permisos, cambios de guardia y de turno<\/em><\/p>\n<p style=\"padding-left: 60px;\"><em>9\u00ba.- Atenci\u00f3n al p\u00fablico y registro<\/em><\/p>\n<p style=\"padding-left: 60px;\"><em>10\u00aa Garant\u00eda del funcionamiento del servicio<\/em><\/p>\n<p style=\"padding-left: 60px;\"><em>11\u00ba.-Medidas especiales de servicios transversales<\/em><\/p>\n<p style=\"padding-left: 60px;\"><em>12\u00ba.- Obligaciones y forma de comunicaci\u00f3n de la enfermedad por los empleados del Consorcio<\/em><\/p>\n<p style=\"padding-left: 60px;\"><em>13\u00ba.- Obligaciones de seguimiento de las recomendaciones de las autoridades competentes.<\/em><\/p>\n<p><strong>Introducci\u00f3n<\/strong><\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">Mediante Real Decreto 463\/2020, de 14 de marzo, se ha decretado el Estado de Alarma por el Gobierno de Espa\u00f1a para la gesti\u00f3n de la situaci\u00f3n de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19, de conformidad con lo dispuesto en la Ley Org\u00e1nica 4\/1981, de 1 de junio, de los estados de alarma, excepci\u00f3n y sitio.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">A estos efectos, el art\u00edculo 6 del mismo \u201cGesti\u00f3n ordinaria de los servicios\u201d, expresamente se\u00f1ala que \u201cCada Administraci\u00f3n conservar\u00e1 las competencias que le otorga la legislaci\u00f3n vigente en la gesti\u00f3n ordinaria de sus servicios para adoptar las medidas que estime necesarias en el marco de las \u00f3rdenes directas de la autoridad competente a los efectos del estado de alarma y sin perjuicio de lo establecido en los art\u00edculos 4 y 5\u201d.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">El art\u00edculo 10.1 habilita a la suspensi\u00f3n \u201cde cualquier otra actividad o establecimiento que a juicio de la autoridad competente pueda suponer un riesgo de contagio\u201d.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">Asimismo la Generalitat, de modo especial la Conseller\u00eda de Sanidad Universal y Salud P\u00fablica, ha dictado diversas medidas con gran trascendencia para la ciudadan\u00eda que suponen una alteraci\u00f3n de las actividades diarias para las vecinas y vecinos de la Comunidad Val\u00e8nciana en la medida en que implican determinadas restricciones<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">Dentro de las medidas de contenci\u00f3n extraordinarias adoptadas por las autoridades de salud p\u00fablica como consecuencia de la situaci\u00f3n generada por la evoluci\u00f3n del coronavirus COVID-19, por el Ministerio de Pol\u00edtica Territorial y Funci\u00f3n P\u00fablica, se dicto la Resoluci\u00f3n del Secretario de Estado de Pol\u00edtica Territorial y Funci\u00f3n P\u00fablica de medidas a adoptar en los centros de trabajo dependientes de la Administraci\u00f3n General del Estado con motivo del COVID-19.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">Dicha Resoluci\u00f3n, de conformidad con lo dispuesto en los art\u00edculos 47 y 51 del texto refundido de la Ley del Estatuto B\u00e1sico del Empleado, aprobado por Real Decreto Legislativo 5\/2015 de 30 de octubre, establece medidas de car\u00e1cter organizativo de car\u00e1cter temporal, dictadas al amparo de las competencias en materia de funci\u00f3n p\u00fablica.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">En el marco de excepcionalidad desencadenado por la evoluci\u00f3n del coronavirus conforme a las medidas adoptadas por las autoridades sanitarias, y siendo obligaci\u00f3n de la Administraci\u00f3n garantizar la prestaci\u00f3n de los servicios p\u00fablicos as\u00ed como la protecci\u00f3n de la salud del personal empleado p\u00fablico y su derecho a la conciliaci\u00f3n familiar, resulta necesaria la adopci\u00f3n con car\u00e1cter extraordinario de las medidas que se relacionan a continuaci\u00f3n, sin perjuicio de las decisiones que se adopten a nivel estatal y que puedan determinar la necesidad de nuevas medidas en aras a la adecuada prestaci\u00f3n del servicio p\u00fablico.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">En uso de las facultades que me confiere el art\u00edculo 32, d) de los vigentes Estatutos en relaci\u00f3n con lo establecido en Art 21 de la Ley 7\/85 de 2 de Abril, y la delegaci\u00f3n efectuada por el presidente del Consorcio, por Decreto n\u00fam. 604, de 25 de julio de 2019 (art\u00edculo 31 Estatutos y 9.4 de la Ley 40\/2015, de 1 de octubre, de RJSP).<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\"><strong>DISPONGO:<\/strong><\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\"><strong>Primero:<\/strong> Acordar que se<strong> limite la prestaci\u00f3n de los servicios p\u00fablicos del Consorcio<\/strong> Provincial de Bomberos de Valencia a aquellos que sean <strong>estrictamente necesarios<\/strong> para garantizar el funcionamiento de los servicios p\u00fablicos b\u00e1sicos.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\"><strong>Segundo:<\/strong> Acordar <strong>limitar al m\u00e1ximo la movilidad del personal<\/strong> del Consorcio provincial de Bomberos de Valencia, sin perjuicio de aquellas personas que se consideren indispensables para el mantenimiento de los servicios b\u00e1sicos.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\"><strong>Tercero: Declaraci\u00f3n de zona sensible.<\/strong><\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">Se declara como &#8220;zona sensible&#8221; el CCC, permiti\u00e9ndose exclusivamente el acceso a esta sala al personal que preste servicios en dicho centro de comunicaciones y al personal de apoyo imprescindible (\u00e1rea inform\u00e1tica, personal de limpieza).<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\"><strong>Cuarto: Modalidades no presenciales de trabajo.<\/strong><\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">Atendida la activaci\u00f3n de situaci\u00f3n 2 del Plan territorial de emergencias en la Comunitat Valenciana de 14 de marzo de 2020, la <strong>totalidad del personal administrativo<\/strong> del Consorcio, excepto las personas que ocupan puestos declarados de presencia obligatoria en la nota de r\u00e9gimen interior de fecha 12 de marzo, pasan a desarrollar sus funciones mediante el teletrabajo.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">El personal empleado p\u00fablico dispensado de asistir a su puesto de trabajo deber\u00e1 estar <strong>accesible y disponible<\/strong> durante la jornada laboral ordinaria. Se efect\u00faa una recomendaci\u00f3n de pausas de 10 minutos cada dos horas de trabajo.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">Fuera del horario laboral, el personal empleado p\u00fablico, tiene <strong>derecho a la desconexi\u00f3n digital<\/strong> en los t\u00e9rminos establecidos en la legislaci\u00f3n vigente en materia de protecci\u00f3n de datos personales y garant\u00eda de los derechos digitales, sin perjuicio de los tr\u00e1mites de emergencia y relacionados con este estado.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\"><strong>Quinto:<\/strong> <strong>Puestos a los que no ser\u00e1 de aplicaci\u00f3n la modalidad de teletrabajo<\/strong><br \/>\nSe requiere la presencia en Central, y por lo tanto, no ser\u00e1n posible las modalidades no presenciales de trabajo, en los siguientes puestos:<\/p>\n<ul>\n<li style=\"text-align: justify;\">Gerente<\/li>\n<li style=\"text-align: justify;\">Inspector Jefe del CPBV<\/li>\n<li style=\"text-align: justify;\">Direcci\u00f3n de RRHH del CPBV<\/li>\n<li style=\"text-align: justify;\">Un t\u00e9cnico de Prevenci\u00f3n de riesgos laborales<\/li>\n<li style=\"text-align: justify;\">El Responsable de Sistemas e Innovaci\u00f3n Tecnol\u00f3gica<\/li>\n<li style=\"text-align: justify;\">Una persona encargada del almac\u00e9n<\/li>\n<\/ul>\n<p style=\"text-align: justify;\">Las unidades de Prevenci\u00f3n de Riesgos Laborales y Almac\u00e9n realizaran turnos de semanales mientras dure el estado de alarma, entre los trabajadores de dichas unidades, a los efectos de dar cumplimiento a la orden de presencia obligatoria.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\"><strong>Sexto: Personal operativo con patolog\u00edas incompatibles con el coronavirus.<\/strong><\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">El personal operativo que en funci\u00f3n de sus caracter\u00edsticas personales o estado biol\u00f3gico conocido, debido a patolog\u00edas previas, medicaci\u00f3n, trastornos inmunitarios o embarazo, sean considerados especialmente sensibles al riesgo frente a la exposici\u00f3n al nuevo coronavirus quedar\u00e1n eximidos de su presencia obligatoria en su puesto de trabajo, previo informe de la Unidad de Riesgos Laborales, unidad que queda facultado para realizar las comprobaciones oportunas.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">S<strong>\u00e9ptimo: Suspensi\u00f3n de permisos.<\/strong><\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">Los posibles permisos que se pudieran haber concedido con anterioridad al d\u00eda de la fecha, y mientras se mantenga el estado de alerta, quedan suspendidos (AGP\u2019s, PVA\u2019s, PAT\u2019s, etc.) a excepci\u00f3n de los del personal que se encuentre disfrutando de permisos previos a jubilaci\u00f3n y por lactancia y\/o paternidad.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\"><strong>Octavo: Suspensi\u00f3n de cambios da guardia y\/o turno.<\/strong><\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">Con el objetivo de evitar en la medida de lo posible, el contagio entre personal de distintos turnos, NO se autorizar\u00e1n cambios de guardia entre turnos.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\"><strong>Noveno: Atenci\u00f3n al p\u00fablico y registro.<\/strong><\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">Queda <strong>suspendida la atenci\u00f3n presencial<\/strong> en todas las instalaciones del Consorcio incluido el registro. Quienes lo deseen, podr\u00e1n relacionarse con la administraci\u00f3n del Consorcio utilizando los canales telef\u00f3nicos &#8211; en especial trav\u00e9s del tel\u00e9fono de atenci\u00f3n ciudadana 963469828 o su centro de salud y los medios electr\u00f3nicos, mediante el acceso a la p\u00e1gina web del Consorcio www.bombersdv.es y a la sede electr\u00f3nica https:\/\/sede.bombersdv.es<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">El personal de registro del Consorcio <strong>continuar\u00e1 atendiendo telef\u00f3nica y electr\u00f3nicamente<\/strong>.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">\u2022 Los escritos, las solicitudes y el resto de comunicaciones dirigidas al Consorcio se podr\u00e1n presentar por <strong>medios telem\u00e1ticos a trav\u00e9s de la Sede electr\u00f3nica<\/strong><br \/>\n\u2022 <strong>Canales de informaci\u00f3n, consulta y asistencia en materia de registro<\/strong>:registro@bombersdv.es y tel\u00e9fono: 963469828<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">El Decreto de Estado de Alarma establece la <strong>suspensi\u00f3n de los plazos administrativos<\/strong> de los procedimientos no finalizados a fecha de hoy en cualquier administraci\u00f3n. El c\u00f3mputo de los plazos <strong>se reanudar\u00e1<\/strong> en el momento en que pierda vigencia el Real Decreto 463\/2020, de 14 de marzo, por el que se declara el estado de alarma para la gesti\u00f3n de la situaci\u00f3n de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19 o, en su caso, las pr\u00f3rrogas del mismo.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\"><strong>D\u00e9cimo:<\/strong> Por la Gerencia del Consorcio, la Jefatura del Cuerpo de Bomberos, la Direcci\u00f3n de Recursos Humanos, as\u00ed como los responsables de las jefaturas de servicio adoptar\u00e1n, las medidas pertinentes para<strong> garantizar el normal funcionamiento de los servicios<\/strong> priorizando en su gesti\u00f3n al cumplimiento de las normas que tanto el Gobierno como la Generalitat y la Presidencia del Consorcio vayan dictando.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\"><strong>Und\u00e9cimo:<\/strong> Con independencia de lo indicado en los apartados anteriores por los servicios que se citan se adoptar\u00e1n las <strong>medidas especiales<\/strong> siguientes:<br \/>\n<strong>1. Recursos Humanos.<\/strong> Se adoptar\u00e1n las medidas pertinentes para garantizar el pago de la no\u0301mina del personal y la seguridad social, y la gesti\u00f3n de personal que sea necesaria.<br \/>\n<strong>2. Servicios Econ\u00f3micos.<\/strong> Se adoptar\u00e1n las medidas pertinentes para garantizar el pago de otros gastos inaplazables para el correcto funcionamiento de los servicios del Consorcio.<br \/>\n<strong>3. Inform\u00e1tica.<\/strong> Se deber\u00e1 garantizar el trabajo presencial o desde su domicilio de las personas empleadas p\u00fablicas del Sistemas e Innovaci\u00f3n Tecnol\u00f3gica, contenidos de la web y de la sede electr\u00f3nica del Consorcio.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\"><strong>Duod\u00e9cimo:<\/strong> Es <strong>obligatorio<\/strong> que el personal empleado p\u00fablico traslade a la Unidad de Prevenci\u00f3n de Riesgos laborales y a la jefatura correspondiente <strong>si est\u00e1 afectado o presenta s\u00edntomas<\/strong> de la enfermedad del coronavirus. En este caso se pondr\u00e1 en contacto con el tel\u00e9fono 900 300 555 y no acudir\u00e1 al centro de trabajo. El personal empleado p\u00fablico afectado <strong>deber\u00e1 dar traslado a la Unidad de Prevenci\u00f3n de Riegos Laborales de las pautas<\/strong> que le hayan indicado las autoridades sanitarias, a fin de poder adoptar, en su caso, medidas preventivas adicionales.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\"><strong>Decimotercero:<\/strong> Transmitir a la ciudadan\u00eda, al personal empleado p\u00fablicos y a las entidades consorciadas la <strong>necesidad de seguir en todo momento las instrucciones y recomendaciones de las autoridades sanitarias<\/strong>, asimismo procede recordar que <strong>se han adoptado todas las medidas pertinentes para el funcionamiento de los servicios p\u00fablicos esenciales<\/strong> de los que debe realizarse un uso razonable quedando garantizado, en todo caso su funcionamiento.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\"><strong>Decimocuarto:<\/strong> La presente resoluci\u00f3n producir\u00e1 <strong>efectos<\/strong> desde el d\u00eda de su firma correspondiendo a la Gerencia dar la publicidad pertinente, y se mantendra\u0301 vigente mientras se mantenga subsistente la Situaci\u00f3n del Estado de Alarma, sin perjuicio de que en cualquier momento pueda ser susceptible de modificarse o ampliarse en relaci\u00f3n, en cada caso, con la situaci\u00f3n epidemiol\u00f3gica<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">Publi\u0301quese la presente resoluci\u00f3n en el Tablo\u0301n de Anuncios del Consorcio, portal del empleado y dese traslado de la misma a la Junta de Personal, Comit\u00e9 de Seguridad y salud laboral y a las Jefatura de los Servicios, Parques y\/o Responsables de Unidades de esta Consorcio.<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>En el marco de excepcionalidad desencadenado por la evoluci\u00f3n del coronavirus conforme a las medidas adoptadas por las autoridades sanitarias, y siendo obligaci\u00f3n de la Administraci\u00f3n garantizar la prestaci\u00f3n de los servicios p\u00fablicos as\u00ed como la protecci\u00f3n de la salud del personal empleado p\u00fablico y su derecho a la conciliaci\u00f3n familiar, resulta necesaria la adopci\u00f3n [&hellip;]<\/p>\n","protected":false},"author":183,"featured_media":0,"parent":0,"menu_order":0,"comment_status":"closed","ping_status":"closed","template":"","meta":{"footnotes":""},"class_list":["post-50354","page","type-page","status-publish","hentry"],"_links":{"self":[{"href":"https:\/\/www.bombersdv.es\/es\/wp-json\/wp\/v2\/pages\/50354"}],"collection":[{"href":"https:\/\/www.bombersdv.es\/es\/wp-json\/wp\/v2\/pages"}],"about":[{"href":"https:\/\/www.bombersdv.es\/es\/wp-json\/wp\/v2\/types\/page"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.bombersdv.es\/es\/wp-json\/wp\/v2\/users\/183"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.bombersdv.es\/es\/wp-json\/wp\/v2\/comments?post=50354"}],"version-history":[{"count":6,"href":"https:\/\/www.bombersdv.es\/es\/wp-json\/wp\/v2\/pages\/50354\/revisions"}],"predecessor-version":[{"id":50379,"href":"https:\/\/www.bombersdv.es\/es\/wp-json\/wp\/v2\/pages\/50354\/revisions\/50379"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/www.bombersdv.es\/es\/wp-json\/wp\/v2\/media?parent=50354"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}