ACTIVIDAD DE TRATAMIENTO: Gestión Tributaria y Recaudación

Ultima actualización 25/06/2024

Nombre y finalidad
Nombre Gestión Tributaria y Recaudación
Descripción finalidad Confeccionar, aprobar y gestionar las liquidaciones de las tasas, resto de tributos y otros posibles ingresos de derecho público del Consorcio y llevar a cabo su recaudación tanto en vía ordinaria como ejecutiva.
Responsable del tratamiento
Identidad Consorcio para el Servicio de Prevención y Extinción de Incendios y de Salvamento de la provincia de Valencia
Forma de contactar con el responsable

Por correo electrónico en la dirección infobombers@bombersdv.es

Por correo postal, en la dirección Avellanas 14, 46003 València.

Forma de ejercitar derechos Para solicitar el acceso, la rectificación, supresión o limitación del tratamiento de los datos personales o para oponerse al tratamiento, en el caso de se den los requisitos establecidos en el Reglamento General de Protección de Datos, así como en la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personal y garantía de los derechos digitales, se puede dirigir un escrito al Consorcio en la dirección indicada más arriba o en el registro electrónico https://sede.bombersdv.es/
Unidad responsable de la tramitación Unidad económica (Intervención y Tesorería) intervencion@bombersdv.es
Datos de Contacto del Delegado de protección de datos Para cualquier consulta o queja relacionada con el tratamiento de estos datos, el Consorcio pone a disposición de los interesados el buzón del delegado de protección de datos dpd@bombersdv.es
Base jurídica
La base jurídica es el artículo 6.1.c) del RGPD: el tratamiento es necesario para el cumplimiento de una obligación legal aplicable al responsable del tratamiento, de acuerdo con:

  • Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria.
    • Real Decreto 939/2005, de 29 de julio, por el que se aprueba el Reglamento General de Recaudación
  • Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales..
      • Ordenanza Fiscal reguladora de la Tasa por prestación de servicios por parte del Consorcio
      • Ordenanza fiscal reguladora de la Tasa por concurrencia a las pruebas selectivas para el ingreso de personal en el Consorcio.
      • Ordenanza fiscal reguladora de la Tasa por expedición de documentos administrativos
  • Ley 8/1989, de 13 de abril, de Tasas y Precios Públicos

En los casos en que la finalidad de la cesión de información no sea la colaboración entre Administraciones tributarias para cumplimiento de obligaciones fiscales en el ámbito de sus competencias, será necesario el consentimiento del afectado de acuerdo con el artículo 95.1 k) de la LGT, en relación con el artículo 6.1.a) RGPD.

Plazos de conservación
Se conservarán durante el tiempo necesario para cumplir con la finalidad para la que se recabaron y para determinar las posibles responsabilidades que se pudieran derivar de dicha finalidad y del tratamiento de los datos, conforme a la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria, además de los periodos establecidos en la normativa de archivos y documentación.
Origen y procedencia de los datos
De la propia persona afectada o su representante legal, así como de Administraciones públicas, en su caso. De la información obtenida de los anteriores con motivo de la prestación de servicios
Colectivos afectados
Contribuyentes
Sujetos obligados
Tipologías de los datos
Infracciones Infracciones administrativas
Categorías especiales de datos Datos de salud
Datos identificativos Nombre y apellidos; NIF (NIE, Pasaporte o Nº Tarjeta de residencia); Dirección; Teléfono; Correo electrónico; Firma.
Otros Características personales; circunstancias sociales; detalles del empleo; Económicos, financieros y de seguros; matrícula vehículos particulares y permiso de circulación
Medidas técnicas y organizativas aplicadas

Las medidas de seguridad garantizarán la confidencialidad, integridad, disponibilidad y resiliencia permanentes de los sistemas y servicios de tratamiento que resulten apropiadas para garantizar un nivel de seguridad adecuado al riesgo del tratamiento, en los términos exigidos por el artículo 32.1 del RGPD.

Se corresponden con las previstas y en el Anexo II del Real Decreto 311/2022, de 3 de mayo, por el que se regula el Esquema Nacional de Seguridad y en el marco de los documentos que conforman la Política de protección de seguridad de la información del Consorcio

Categorías de destinatarios de comunaciones
Por obligación legal, se prevén comunicaciones a:

  • Administración Tributaria y servicio de recaudación ejecutiva concertado
  • Otros Registros Públicos
  • Tribunal de Cuentas o equivalente autonómico
  • Entidades bancarias
  • Juzgados y tribunales
  • Compañías aseguradoras