ÓRGANOS DE GOBIERNO

Los Órganos de Gobierno del Consorcio vienen establecidos en sus estatutos en los que se contemplan:

  • Presidencia: ejercida por el Presidente/a de la Diputación Provincial de Valencia, quien puede delegar en un Diputado Provincial todas o parte de las atribuciones que le vienen conferidas en los Estatutos.
  • Vicepresidencia: ejercida por la persona designada por el órgano competente de la Generalitat, o en su caso por la Dirección general competente en materia de prevención, extinción de incendios y emergencias de la Generalitat.
  • Asamblea General: órgano supremo de gobierno del Consorcio. Está integrada por el Presidente/a, Vicepresidente/a y un representante de cada uno de los municipios consorciados designado por el pleno del mismo, el Gerente del Consorcio, el Secretario y el Interventor. Estos últimos con voz pero son voto. (Art 10 Estatutos)
  • Junta de Gobierno: órgano de asistencia y apoyo al Presidente, ejerciendo así mismo las funciones ejecutivas y administrativas que le atribuyen las leyes y los Estatutos. Está integrada por el Presidente, que la presidirá, el Vicepresidente/a, un representante por cada una de las áreas operativas, designado por el Presidente, el Gerente y el Secretario e Interventor. (Art 11 Estatutos)

Los cargos de gobierno del Consorcio y los de miembros tanto de la Asamblea General, junta de Gobierno así como los de las Comisiones son voluntarios y no retribuidos, sin perjuicio de la percepción de las indemnizaciones por razón del servicio que puedan fijarse en concepto de dietas, asistencias o gastos de desplazamiento por acuerdo de la Asamblea General.